Este documento estará disponible en la dirección https://www.romadridcar.com/bases-legales-ford-romadrid/

  1. Objeto

ROMADRID CAR, SLU (en adelante, el “Organizador”), con CIF número B88517495 y con domicilio social en CAMINO CARRALERO 16, 28222 MAJADAHONDA MADRID, organiza y gestiona la iniciativa denominada “ 5 entradas dobles para el Concierto OMG – LA LIGA MUSIC EXPERIENCE – el día 16 de junio en Madrid ” (en adelante, la “Iniciativa”), que se publicita en la cuenta de Instagram de Romadrid mediante la que se pretende premiar la interacción de 5 de los usuarios en el post de Instagram con  el sorteo de 5 ENTRADAS DOBLES DEL CONCIERTO (1 entrada doble para cada ganador)

  1. Participación

Para poder participar en la presente Iniciativa se requiere lo siguiente:

  • Ser mayor de edad.
  • Ser seguidor de Ford Romadrid en Instagram
  • Mencionar a un amig@

Tendrán la condición de participantes los usuarios que cumplan los requisitos anteriores y participen en la Iniciativa de acuerdo con los términos especificados en el apartado siguiente para el desarrolla de la misma (en adelante, los “Participantes”).

  1. Mecánica

El Organizador elegirá mediante una herramienta de selección aleatoria a uno de los usuarios que haya cumplido los requisitos del apartado anterior.

  1. Duración

El plazo de participación comienza el 9 junio de 2023 y finalizará el 13 junio de 2023 (a las 23:59h)

  1. Premio

El Organizador elegirá cinco (5) ganadores y cinco (5) suplentes en función del resultado obtenido. Cada ganador obtendrá 1 entrada doble para el concierto de OMG en 16 de Junio

El premio se recogerá en uno de los concesionarios de Ford Romadrid que el grupo defina  (Alcobendas o Majadahonda).

El ganador no puede transferir su derecho al premio a otra persona. El Organizador se pondrá en contacto con el ganador mediante un mensaje directo de Instagram una vez finalizado el plazo del concurso.

El Organizador se reserva el derecho a cambiar el carácter del premio en caso de que no sea posible, por motivos ajenos a la misma, la entrega del premio especificado en las presentes bases. En este caso, el Organizador se compromete a que el premio sea de análogas características a las del premio anunciado y/o a que su valor económico sea similar al del premio anunciado.

Una vez efectuada la comunicación válida con el ganador, este deberá confirmar su aceptación o eventual renuncia en el plazo de 24horas, para mayor agilidad de la asignación correcta y completa de los premios de la Iniciativa. La aceptación deberá hacerse vía correo electrónico, entendiéndose que hay renuncia al premio, en caso de que no haya confirmación en el plazo indicado.

Aquellos premios cuya valoración sea superior a 300 € están sujetos a retención o ingreso a cuenta en virtud de lo dispuesto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, reguladora del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), así como en el Reglamento del IRPF, aprobado por Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo. Por otra parte, de acuerdo con lo previsto en el artículo 33.1 de la citada Ley 35/2006, la obtención de un premio de este tipo constituye para su beneficiario una ganancia patrimonial a efectos de IRPF, al dar lugar a una variación en el valor de su patrimonio puesta de manifiesta por una alteración en su composición.

El ganador no podrá renunciar al premio una vez que el mismo haya sido aceptado. Para el caso de que los datos personales del ganador no fuera válido, o no haya sido posible contactar con él, en el citado plazo, o si hubiera manifestado el ganador su voluntad clara e inequívoca de renunciar al premio, pasadas 24 horas no podrá reclamarse. En el supuesto que no se pueda contactar con la persona ganadora o que por algún motivo a las mismas imputables, no se les pueda hacer entrega del premio, dentro de los dos días hábiles indicados, el Organizador contactará con las personas siguientes en la lista de suplentes. En el supuesto de hacerse imposible entregar los premios tanto al ganador como a los suplentes por causas no imputables al Organizador, el concurso quedará desierto.

  1. Garantías

6.1 Los Participantes ceden, sin límite temporal ni territorial alguno la totalidad de los derechos de propiedad intelectual que pudiera corresponderle sobre el Contenido puesto a disposición del Organizador, respondiendo de su autoría, titularidad y originalidad y garantizando al Organizador el pacífico ejercicio de los derechos cedidos y haber obtenido la autorización necesaria de cuantas personas e imágenes aparecen en el contenido enviado.

De este modo, el Organizador podrá utilizar como considere oportuno el material recibido, cortando y/o editando, las respuestas para la difusión en los medios de comunicación que libremente determine.

6.2 Los Participantes serán responsables de cualquier reclamación que reciba el Organizador, derivada del Contenido enviado para participar en esta Iniciativa, manteniendo indemne al Organizador frente a cualquier reclamación que éstas puedan recibir de cualquier tercero por tal motivo.

  1. Supervisión

Cualquier Participante que manipule los procedimientos de participación y/o que incumpla las bases contenidas en el presente documento será descalificado. También queda reservado el derecho de verificar por cualquier procedimiento que el Organizador estime apropiado que los ganadores cumplen con todos los requisitos de este documento.

  1. Modificaciones de las Bases y/o anexos

El Organizador se reserva el derecho a realizar modificaciones – incluyendo la cancelación o suspensión anticipada de la Iniciativa – y/o a añadir anexos sucesivos sobre estas bases por motivos técnicos, operativos, comerciales, o de audiencia, publicando siempre estas modificaciones y/o anexos en la dirección https://www.romadridcar.com/bases-legales-ford-romadrid/

 

  1. Protección de Datos de carácter personal

De conformidad con Reglamento (EU) nº 2016/679, de 27 de abril de 2016, el Organizador informa a los Participantes de la incorporación de los datos de carácter personal que faciliten en ejecución de esta Iniciativa, en sistemas y ficheros debidamente reflejados en el registro de tratamientos. Tales datos personales se utilizarán exclusivamente para la gestión de esta iniciativa y la entrega del premio a los ganadores, destruyéndose una vez finalizadas dichas tareas.

El Organizador, con domicilio en Madrid, CAMINO CARRALERO 16, 28222 MAJADAHONDA MADRID, como responsable del fichero, garantiza a los Participantes el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, cancelación, oposición, limitación y portabilidad, dirigiéndose al Delegado de Protección de Datos. De igual modo, el Organizador se compromete, en la utilización de los datos incluidos en el fichero, a respetar su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del fichero.

  1. Conflictos y Ley Aplicable.

En caso de divergencia entre los usuarios y la interpretación de las presentes bases por parte del Organizador, serán competentes para conocer de los litigios que puedan plantearse los Juzgados y Tribunales de la ciudad de Madrid, renunciando expresamente los Participantes al fuero que pudiera corresponderles.

La participación en esta Iniciativa supone la aceptación expresa de las presentes bases y la sumisión expresa de las decisiones interpretativas que de las mismas efectúe el Organizador.

 

En Madrid, a 6 de Junio de 2023